De los Círculos Electorales a los Distritos Uninominales

Por Germán Vallejo
Resumo en esta columna con otros elementos la propuesta enviada en días pasados a los organizadores del foro Sistema Electoral Mixto: Alternativas a la Organización Política en Colombia realizado el pasado 9 de septiembre en el Capitolio Nacional . por iniciativa del Senador Verde John Sudarsky , la cual ha recibido buen eco .
En relación con el proyecto de Acto Legislativo “ Por medio del cual se reforma la Constitución Política para introducir un sistema mixto de representación en la Cámara de Representantes y el Senado de la República”. Se propuso tener presente la figura de los “Círculos Electorales”, figura que tuvo un fugaz paso por la Constitución Política de 1991 luego de su debate y aprobación en la Asamblea Nacional Constituyente .
El tema de la responsabilidad política entre elegid@s y elector@s es vital dentro del descuadernado sistema electoral colombiano y por su importancia y debida articulación con otros temas electorales y en otros campos de la política, este es un asunto clave dentro del paquete de temas de la reforma política.
El acercamiento y precisión de la responsabilidad entre elegid@s y elector@s debe proyectarse en lo regional y local para fortalecer la democracia en estos ámbitos de la vida pública .
En estos términos, bueno es recordar el sustancial cambio establecido en la Constitución de 1991 a la formula de la Constitución de 1886 que consagraba la irresponsabilidad constitucional : “ Quien elije no impone ninguna responsabilidad al elegido ”. “Mandato” constitucional vigente por más de 105 años .
Sin duda hemos avanzado mucho, pero es más lo que falta. El feudalismo funcional de lo electoral en Colombia pervive al amparo de la corrupción, el clientelismo y el narcotráfico; la intimidación armada y el mal gobierno de los asuntos públicos con base en prebendas como las de las “familias guarda votos” y otros mecanismos de sujeción electoral, en los cuales Caldas a tenido verdadederos especialistas. Recordar a Barco López en la Dorada y su sistema de vivienda http://www.elespectador.com/opinion/columnistasdelimpreso/humberto-de-calle/columna111249-renan-barco y a su aventajado alumno reconocido como el gran arquitecto de la maquinaria electoral uribista Luis Alfonso Hoyos.
En la Constitución de 1991 en su artículo 299 quedo abierta la puerta para establecer los “Círculos Electorales” en los territorios departamentales , la cual fue “desaparecida” mediante mico, por el cacique Namé Terán en representación de los” barones electorales” .
En la labor de la Comisión de Ordenamiento Territorial -COT- presidida por el Constituyente Orlando Fals Borda como Secretario General se avanzo en la definición de propuestas de círculos electorales en varios departamentos.
Se propone entonces y buscando reforzar la relación de responsabilidad entre elegid@s y elector@s , tener nuevamente en cuenta la figura de los "Círculos Electorales " para Departamentos y ampliarla en su aplicación a Distritos y Municipios en la elección de Concejos y Asambleas .
De la agrupación de Círculos Electorales se obtendrían, los Distritos Uninominales del Senado de la República y la Cámara de Representantes para la elección dentro del sistema mixto propuesto.
Etiquetas: clientelismo . representaciòn, corrupción, democracia, régimen electoral
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