miércoles, 1 de septiembre de 2010

UNA OPORTUNIDAD PERDIDA Y EL RETO DE REHACER EL MODELO DE OCUPACIÓN DEL SUELO : EL DERECHO A LA CIUDAD



Por : Germàn Vallejo Obando


" Dejemos el pasado atrás "

La ley 388 de 1997 en su artículo 28 establece que los planes de ordenamiento territorial municipal tendrán una vigencia de largo plazo, que para este efecto se entenderá como mínimo el correspondiente a tres períodos constitucionales de las administraciones municipales, teniendo cuidado en todo caso de que el momento previsto para su revisión coincida con el inicio de un nuevo período para estas administraciones.

En Manizales en el artículo 114 del acuerdo 508 de 2001 por el cual se acordó el Plan de Ordenamiento Territorial se estableció que la vigencia del P.O.T sería la correspondiente a tres periodos constitucionales contándose como el primero de ellos el iniciado en diciembre de 1999, esto es la administración de Germán Cardona, luego de la cual se continuaron las administraciones de Néstor Eugenio Ramírez y posteriormente la administración de Luis Roberto Rivas . Lo que claramente nos indica que la vigencia del P.O.T se cumplió el 31 de diciembre de 2007 y que al alcalde Llano le correspondía fijar las pautas de largo plazo del ordenamiento territorial entre el 2008 y el 2019. Lo que en efecto no hizo. ¿Por qué?

El Alcalde Llano además de incumplir con la ley incumplió con el compromiso contenido en el programa de gobierno 2008 -2011, inscrito como candidato, toda una idea fuerza en donde se lee: “Tenemos la oportunidad, y la aprovecharemos, de rehacer el modelo de ocupación del territorio con la revisión estructural del POT, como lo ordena la ley, utilizando todos los recursos a nuestro alcance para establecer un mayor respeto por la naturaleza, para crear más oportunidades, para hacer una sociedad y una ciudad más democrática, para construir un modelo de municipio con dinámicas sostenibles y de relaciones equilibradas al interior del municipio y con los vecinos.”

En relación con el Plan de Ordenamiento Territorial y su revisión la Contraloría Municipal de Manizales en su informe de auditoría de mayo de 2010 al Plan de Desarrollo Municipal 2008-2001 no justifica el alegato de la alcaldía según el cual no le corresponde abocar la revisión del POT, de acuerdo con este organismo de control “ La situación analizada por la Contraloría de Manizales se constituye en un desconocimiento de las exigibilidades de la ley y en un aplazamiento de los propósitos de los planes de desarrollo …”( Ver Informe Auditoria Contraloría: 34)

Resulta increíble que sea la Alcaldía de Manizales la que le ponga la tapa a este “debate” , cuando y a manera de punto final y frente al hallazgo de la Contraloría Municipal “Decide” : “ La revisión de largo plazo del POT, le corresponderá hacer solo (sic) a la próxima administración” (Ver Informe Auditoria Contraloría: 17). ¿ El control , para que?.

Queda pues abierto el reto a la ciudadanía de proyectar en el tiempo y con imaginación la revisión del POT , con un horizonte al 2023 , fijando dentro de sus parámetros básicos claros intereses colectivos de cara a la responsabilidad de hacer una sociedad y una ciudad más democrática y corrigiendo el incumplimiento del actual burgomaestre. Si lo soñamos, lo logramos .


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